legislacion canónica relativa a las apariciones marianas
Primera carta de San Pablo a los Tesalonicenses 5,19-22
“ No extingáis el
espiritu; no despreciés las profecias; examinadlo todo y quedaos con lo bueno”,
“Absteneos de todo genero de mal”
Extracto del Símbolo de Nicea
“Yo creo en el
Espiritu Santo...El ha hablado por los profetas”
El Espíritu Santo ha hablado por los profetas: Es pues una
verdad reconocida por la Iglesia. Es por tanto un medio de comunicación entre
Dios y la humanidad.
No hace falta pedir ningún permiso eclesiástico para
publicar revelaciones, visiones, milagros o dirigirse a lugares de apariciones
no reconocidas:
- En las Actas Oficiales de la Santa Sede (A.A.S.)
58/16 del 29 de diciembre de 1966, se publicó un decreto de la “Sagrada
Congregación para la Doctrina de la Fe”. Por este decreto quedaron abrogados
los art. 1399 y 2318 del Derecho Canónigo.
- Este decreto de abrogación fue aprobado el 14 de
octubre de 1966, por su Santidad pablo VI que al mismo tiempo ordenó su
publicación. Esta aprobación del Santo Padre se hizo en la audiencia el
Eminentísimo Cardenal Octtaviani, Pro-Precepto de la “Sagrada Congregación para
la Doctrina de la Fe”.
- El decreto fue dado en Roma el 15 de noviembre
de 1966, lleva las firmas del Cardenal Octtaviani, Pro-Precepto y del Padre
Parente, Secretario.
- Tres meses después de su publicación, el decreto
entra en vigor el 29 de marzo de 1967.
«En cuanto a las revelaciones privadas, es mejor creer que no creer en ellas; porque si crees y resultan ser verdaderas, te sentirás feliz de que creiste, porque Nuestra Santa Madre lo pidió. Y si resultan ser falsas, tú recibes todas las bendiciones como si fueran verdaderas, porque creiste que eran verdad.» (Papa Urbano VIII, 1636 )
Como miembros todos del Cuerpo Místico y congregados por Jesucristo en la Iglesia, debemos permanecer alertas a quienes desean silenciar los llamados Divinos, desalentando al hombre para que no crea y continúe sordo, ciego y mudo, sumido en el pecado y en la ignorancia.
Muchos se olvidan que la Escritura dice: Joel, capitulo 2 versículo 28: ” Y en los postreros días, dice Dios, derramaré de mi Espíritu y vuestros hijos y vuestras hijas profetizarán, vuestros jóvenes verán visiones y vuestros ancianos soñarán sueños”
Con esto no estamos avalando que todos los videntes o profetas son verdaderos, pero aunque la VERDAD ESTA REVELADA YA EN LA ESCRITURA, siempre en todo tiempo Jesús explicita Su Palabra cuando Su Pueblo está en peligro. Así ha sucedido en el pasado con reconocidos Místicos, aprobados por la iglesia y también lo es en el presente.
Recordemos el discurso de despedida del Señor, cuando antes de partir de este mundo al Padre, les dijo a sus discípulos: "Mucho tengo todavía que deciros, pero ahora no podéis con ello. Cuando venga Él, el Espíritu de la Verdad, os guiará hasta la verdad completa..." (Jn 16, 12-14)
No es que el Espíritu de la Verdad haga nuevas revelaciones ajenas totalmente al depósito de nuestra Fe, porque ya en la misma despedida reseñada en San Juan se dice que el Espíritu Santo no hablará por su cuenta, "porque recibirá de lo mío y os lo anunciará a vosotros".
Nos dice también la Sagrada Escritura: Tesalonicenses, capitulo 5, versículo 21 “examinadlo todo y quedaos con lo bueno”.
Ahora ante un caso comprobado de falsedad se debe advertir y denunciar y en eso estamos de acuerdo ya que brotan oportunistas por doquier, pero una cosa es denunciar lo falso y otra es prejuzgar indiscriminadamente, creando incertidumbre en nosotros los que conformamos la iglesia, porque en : 1 de Tesalonicenses, capitulo 5 versículo 19 leemos, "No apaguéis al Espíritu"y en ese mismo capítulo versículo 20 dice: "No menos preciéis a los profetas". En todo tiempo Dios ha tenido por dignas a algunas personas que El elije para advertir a los suyos.
El Pueblo de Dios no es ignorante a estas Palabras, pero no es alertado como se debe sobre los acontecimientos que se están ejecutando en este momento en el mundo y que cooperarán a la autodestrucción del género humano.
¿Conoce el pueblo de Dios que en algunos países del mundo, se ha prohibido el uso de signos Cristianos en los centros educativos, en instituciones públicas y demás?
¿Cómo puede esperar la humanidad mensajes colmados de felicitación a un pueblo descarriado y materialista, que mira con normalidad la inmoralidad, la infidelidad, el aborto, la eutanasia, el sexo desenfrenado y a corta edad, la creación de bombas de destrucción masiva capaz de exterminar a todo el género humano?
Una generación que se mutila con la tecnología dentro de los mismos hogares, consumiendo violencia y perversión de todo tipo día y noche, sin tener el más mínimo reparo en los más pequeños inocentes !...
Será que existen intereses que se mueven tanto, que se desea limitar al pueblo de Dios para que ejecute esa libertad que Dios mismo le da ?
Vemos que los mensajes con fundamento Cristiano, que llaman al hombre a acercarse a los sacramentos y a vivir como hermanos, y que no contradicen la doctrina de la Madre Iglesia, son una fuente de SABIDURÍA DIVINA, que dan LUZ a las creaturas humanas, para que regresen al camino de la verdad.
Quien lee los mensajes con un corazón humilde, deseoso de amar a Dios y abierto a recibir Sus llamados , no se asusta, porque ante todo anuncio de catástrofe, tanto Nuestro Señor Jesucristo como nuestra Madre Santísima salen al encuentro de Sus hijos ofreciendo Su Corazón para refugiarse, asegurando Su protección.
Por lo tanto invitamos a discernir y comprender las "señales de los tiempos" a través de los mensajes y cotejarlos con las Sagradas escrituras, no nos privemos de saber lo que el Cielo nos revela, para así quedarnos con lo bueno y ser prolongación de la Voluntad de Dios.
Revelaciones Marian
REVELACIÓN
Mientras que Mi Espíritu sea aplastado y mientras los Míos silencien Mis Advertencias, suprimiendo a Mi Espíritu, tratando las profecías con desprecio y casi deleitándose al anunciar que las apariciones de Nuestra Presencia son falsas, Yo no lo voy a tolerar por más tiempo, Mi Justicia prevalecerá...
Hoy todavía estoy viniendo a ustedes como el Amigo más Misericordioso, pero mañana descenderé como un Juez severo.
Ellos suprimen Mi Espíritu, ridiculizan Mis bendiciones, éstos son los Caínes de hoy día. Yo los amo a todos hasta la locura, recuerden siempre esto. Yo mitigaré Mi Justicia sólo cuando se hagan enormes reparaciones" ¿Cómo pueden los Míos rezar con paz el Credo de los Apóstoles y decir: "Yo creo en el Espíritu Santo", cuando la mayoría de ellos rechazan las Obras de Mi Espíritu, Lo niegan y Lo sofocan? En verdad te digo, Yo no encuentro ninguna santidad en ellos. Cuando en esta oscuridad, descubren a lo lejos una pequeña llama, soplan sobre ella como ventarrón, para extinguirla y así poder continuar sus malas obras en las tinieblas y no estar así expuestos a la luz. No, Vassula, parece que ellos no quieren vivir en la Luz.
Jesús a Vassula Ryden 08.03.1989
Revelación pública y privada
La doctrina de la Iglesia, dice el Papa Benedicto XVI en su comentario teológico sobre el secreto de Fátima, distingue entre la "Revelación Pública" y la "revelación privada". Entre estas dos realidades hay una diferencia, no sólo de grado, sino de esencia. El término "revelación pública" designa la acción reveladora de Dios destinada a toda la humanidad, que ha encontrado su expresión literaria en las dos partes de la Biblia: el Antiguo y Nuevo Testamento. Se llama revelación porque en ella Dios se ha dado a conocer progresivamente a los hombres, hasta el punto de hacerse Él mismo hombre, para atraer a sí y para reunir en sí a todo el mundo por medio del Hijo encarnado, Jesucristo.
Y el mismo Papa cita al Catecismo de la Iglesia en su nº 67, cuando dice:
"A lo largo de los siglos ha habido revelaciones llamadas privadas, algunas de las cuales han sido reconocidas por la autoridad de la Iglesia.... Su función no es la de "completar" la Revelación definitiva de Cristo, sino la de ayudar a vivirla más plenamente en una cierta época de la historia"
Es aquí donde las revelaciones privadas, cuando son realmente de Dios, juegan su papel. Ellas son como flechas indicadoras que me llevan a un más perfecto conocimiento de la Palabra de Dios. Gracias a estas revelaciones crezco interiormente en Fe, Esperanza y Caridad. Nadie va al Padre sino por Jesucristo. Y María cuando se aparece me lleva a Cristo, me engendra en Cristo y me lleva a la Iglesia instituida por su Hijo Jesucristo. Es una labor de María y del Espíritu Santo, Esposo de María, que nos envía el Padre y el Hijo para reconducimos mejor a Él.
Card. Josep Ratzinger.
Revista María Mensajera Núm 300 Enero 2006 pp.2-5
Revelación pública y revelaciones privadas
Su lugar teológico
Cardenal Ratzinger
La doctrina de la
Iglesia distingue entre la ‘revelación pública’ y las ‘revelaciones
privadas’. Entre estas dos realidades hay una diferencia, no sólo de grado,
sino de esencia. El término “revelación pública” designa la acción reveladora
de Dios destinada a toda la humanidad, que ha encontrado su expresión literaria
en las dos partes de la Biblia: el Antiguo y el Nuevo Testamento.
Se llama
“revelación”porque en ella Dios se ha dado a conocer progresivamente a los
hombres, hasta el punto de hacerse él mismo hombre, para atraer a sí y para
reunir en sí a todo el mundo por medio del Hijo encarnado, Jesucristo.
No se trata, pues, de
comunicaciones intelectuales, sino de un proceso vital, en el cual Dios se
acerca al hombre; naturalmente en este proceso se manifiestan también
contenidos que tienen que ver con la inteligencia y con la comprensión del
misterio de Dios. El proceso atañe al hombre total y, por tanto, también a la
razón, aunque no sólo a ella. Puesto que Dios es uno solo, también es única la
historia que él comparte con la humanidad; vale para todos los tiempos y
encuentra su cumplimiento con la vida, la muerte y la resurrección de
Jesucristo. En Cristo Dios ha dicho todo, es decir, se ha manifestado así mismo
y, por lo tanto, la revelación ha concluido con la realización del misterio de
Cristo que ha encontrado su expresión en el Nuevo Testamento.
El Catecismo de la
Iglesia Católica, para explicar este carácter definitivo y completo de la
revelación, cita un texto de San Juan de la Cruz: “Porque en darnos, como nos
dio a su Hijo, que es una Palabra suya, que no tiene otra, todo nos lo habló
junto y de una vez en esta sola Palabra...; porque lo que hablaba antes en
partes a los profetas ya lo ha hablado todo en Él, dándonos al Todo, que es su
Hijo. Por lo cual, el que ahora quisiese preguntar a Dios, o querer alguna
visión o revelación, no sólo haría una necedad, sino que haría agravio a Dios,
no poniendo los ojos totalmente en Cristo, sin querer cosa otra alguna o
novedad”(n. 65, Subida al Monte Carmelo, 2, 22).
El hecho de que la única
revelación de Dios dirigida a todos los pueblos se haya concluido con Cristo y
en el testimonio sobre Él recogido en los libros del Nuevo Testamento, vincula
a la Iglesia con el acontecimiento único de la historia sagrada y de la palabra
de la Biblia, que garantiza e interpreta este acontecimiento, pero no significa
que la Iglesia ahora sólo pueda mirar al pasado y esté así condenada a una
estéril repetición.
El Catecismo de la
Iglesia Católica dice a este respecto: “Sin embargo, aunque la Revelación esté
acabada, no está completamente explicitada; corresponderá a la fe cristiana
comprender gradualmente todo su contenido en el transcurso de los siglos”(n.
66).
Estos dos aspectos, el
vínculo con el carácter único del acontecimiento y el progreso en su
comprensión, están muy bien ilustrados en los discursos de despedida del Señor,
cuando antes de partir les dice a los discípulos: “Mucho tengo todavía que
deciros, pero ahora no podéis con ello. Cuando venga Él, el Espíritu de la
verdad, os guiará hasta la verdad completa; pues no hablará por
su cuenta... Él me dará
gloria, porque recibirá de lo mío y os lo anunciará a vosotros”(Jn 16,
12-14).
Por una parte el
Espíritu, que hace de guía y abre así las puertas a un conocimiento, del cual
antes faltaba el presupuesto que permitiera acogerlo; es ésta la amplitud y la
profundidad nunca alcanzada de la fe cristiana. Por otra parte, este guiar es
un “tomar”del tesoro de Jesucristo mismo, cuya profundidad inagotable se
manifiesta en esta conducción por parte del Espíritu. A este respecto el
Catecismo cita una palabra densa del Papa Gregorio Magno: “la comprensión de
las palabras divinas crece con su reiterada lectura”(Catecismo de la Iglesia
Católica, 94; Gregorio, In Ez 1, 7, 8).
El Concilio Vaticano II
señala tres maneras esenciales en que se realiza la guía del Espíritu Santo en
la Iglesia y, en consecuencia, el “crecimiento de la Palabra”: éste se lleva a
cabo a través de la meditación y del estudio por parte de los fieles, por medio
del conocimiento profundo, que deriva de la experiencia espiritual y por medio
de la predicación de “los obispos, sucesores de los Apóstoles en el carisma de
la verdad”(Dei Verbum, 8).
En este contexto es
posible entender correctamente el concepto de revelación privada, que se
refiere a todas las visiones y revelaciones que tienen lugar una vez terminado
el Nuevo Testamento...
Escuchemos aún a este
respecto antes de nada el Catecismo de la Iglesia Católica: “A lo largo
de los siglos ha habido revelaciones llamadas “privadas”, algunas de las cuales
han sido reconocidas por la autoridad de la Iglesia... Su función no es la
de... “completar” la Revelación definitiva de Cristo, sino la de ayudar a
vivirla más plenamente en una cierta época de la historia”(n. 67).
Se deben aclarar dos
cosas:
1.
La autoridad de las revelaciones privadas
es esencialmente diversa de la única revelación pública: ésta exige nuestra fe;
en efecto, en ella, a través de palabras humanas y de la mediación de la
comunidad viviente de la Iglesia, Dios mismo nos habla. La fe en Dios y en su
Palabra se distingue de cualquier otra fe, confianza u opinión humana. La
certeza de que Dios habla me da la seguridad de que encuentro la verdad misma
y, de ese modo, una certeza que no puede darse en ninguna otra forma humana de
conocimiento. Es la certeza sobre la cual edifico mi vida y a la cual me confío
al morir.
2.
La revelación privada es una ayuda para la
fe, y se manifiesta como creíble precisamente porque remite a la única
revelación pública.
El Cardenal Próspero
Lambertini, futuro Papa Benedicto XIV, dice al respecto en su clásico tratado,
que después llegó a ser normativo para las beatificaciones y canonizaciones:
“No se debe un asentimiento de fe católica a revelaciones aprobadas en tal
modo; no es ni tan siquiera posible. Estas revelaciones exigen más bien un
asentimiento de fe humana, según las reglas de la prudencia, que nos las
presenta como probables y piadosamente creíbles”.
El teólogo flamenco E.
Dhanis, eminente conocedor de esta materia, afirma sintéticamente que la
aprobación eclesiástica de una revelación privada contiene tres elementos:
- el mensaje en cuestión
no contiene nada que vaya contra la fe y las buenas costumbres;
- es lícito hacerlo
publico, y los fieles están autorizados a darle en forma prudente su adhesión (E. Dhanis, Sguardo
su Fatima e bilancio di una discussione, en: La Civiltà Cattolica 104,
1953, II. 392-406, en particular 397). Un
mensaje así puede ser una ayuda válida para comprender y vivir mejor el
Evangelio en el momento presente; por eso no se debe descartar.
- Es una ayuda que se
ofrece, pero no es obligatorio hacer uso de la misma.
El criterio de verdad y
de valor de una revelación privada es, pues, su orientación a Cristo mismo.
Cuando ella nos aleja de Él, cuando se hace autónoma o, más aún, cuando se hace
pasar como otro y mejor designio de salvación, más importante que el Evangelio,
entonces no viene ciertamente del Espíritu Santo, que nos guía hacia el
interior del Evangelio y no fuera del mismo. Esto no excluye que dicha
revelación privada acentúe nuevos aspectos, suscite nuevas formas de piedad o
profundice y extienda las antiguas. Pero, en cualquier caso, en todo esto debe
tratarse de un apoyo para la fe, la esperanza y la caridad, que son el camino
permanente de salvación para todos.
Podemos añadir que a
menudo las revelaciones privadas provienen sobre todo de la piedad popular y se
apoyan en ella, le dan nuevos impulsos y abren para ella nuevas formas. Eso no
excluye que tengan efectos incluso sobre la liturgia, como por ejemplo muestran
las fiestas del Corpus Domini y del Sagrado Corazón de Jesús.
Desde un cierto punto de
vista, en la relación entre liturgia y piedad popular se refleja la relación
entre Revelación y revelaciones privadas: la liturgia es el criterio, la forma
vital de la Iglesia en su conjunto, alimentada directamente por el Evangelio.
La religiosidad popular significa que la fe está arraigada en el corazón de
todos los pueblos, de modo que se introduce en la esfera de lo cotidiano. La
religiosidad popular es la primera y fundamental forma de “inculturación”de la
fe, que debe dejarse orientar y guiar continuamente por las indicaciones de la
liturgia, pero que a su vez fecunda la fe a partir del corazón.
Hemos pasado así de las
precisiones más bien negativas, que eran necesarias antes de nada, a la
determinación positiva de las revelaciones privadas: ¿cómo se pueden clasificar
de modo correcto a partir de la Sagrada Escritura? ¿Cuál es su categoría
teológica?
La carta más antigua de
San Pablo que nos ha sido conservada, tal vez el escrito más antiguo del Nuevo
Testamento, la 1ª Carta a los Tesalonicenses, me parece que ofrece una
indicación. El Apóstol dice en ella: “No apaguéis el Espíritu, no despreciéis
las profecías; examinad cada cosa y quedaos con lo que es bueno”(5, 19-21).
En todas las épocas se
le ha dado a la Iglesia el carisma de la profecía, que debe ser examinado, pero
que tampoco puede ser despreciado. A este respecto, es necesario tener presente
que la profecía en el sentido de la Biblia no quiere decir predecir el futuro,
sino explicar la voluntad de Dios para el presente, lo cual muestra el recto
camino hacia el futuro. El que predice el futuro se encuentra con la curiosidad
de la razón, que desea apartar el velo del porvenir; el profeta ayuda a la
ceguera de la voluntad y del pensamiento y aclara la voluntad de Dios como
exigencia e indicación para el presente. La importancia de la predicción del
futuro en este caso es secundaria. Lo esencial es la actualización de la única
revelación, que me afecta profundamente: la palabra profética es advertencia o
también consuelo o las dos cosas a la vez. En este sentido, se puede relacionar
el carisma de la profecía con la categoría de los “signos de los tiempos”, que
ha sido subrayada por el Vaticano II: “...sabéis explorar el aspecto de la
tierra y del cielo, ¿cómo no exploráis, pues, este tiempo?”(Lc 12, 56).
En esta parábola de Jesús por “signos de los tiempos”debe entenderse su propio
camino, el mismo Jesús. Interpretar los signos de los tiempos a la luz de la fe
significa reconocer la presencia de Cristo en todos los tiempos. En las
revelaciones privadas reconocidas por la Iglesia se trata de esto: ayudarnos a
comprender los signos de los tiempos y a encontrar la justa respuesta desde la
fe ante ellos.
La estructura antropológica
de las revelaciones privadas
Una vez que con las
precedentes reflexiones hemos tratado de determinar el lugar teológico de las
revelaciones privadas, debemos aún intentar aclarar brevemente un poco su
carácter antropológico (psicológico). La antropología teológica distingue en
este ámbito tres formas de percepción o “visión”: la visión con los sentidos,
es decir la percepción externa corpórea, la percepción interior y la
visión espiritual (visio sensibilis – imaginativa – intellectualis).
Está claro que en las
visiones de Lourdes, Fátima, etc. no se trata de la normal percepción externa
de los sentidos: las imágenes y las figuras, que se ven, no se hallan
exteriormente en el espacio, como se encuentran un árbol o una casa. Esto es
absolutamente evidente, por ejemplo, por lo que se refiere a la visión del
infierno (descrita en la primera parte del “secreto”de Fátima) o también la
visión descrita en la tercera parte del “secreto”, pero puede demostrarse con
mucha facilidad también en las otras visiones, sobre todo porque no todos los
presentes las veían, sino de hecho sólo los “videntes”. Del mismo modo es obvio
que no se trata de una “visión”intelectual, sin imágenes, como se da en otros
grados de la mística. Aquí se trata de la categoría intermedia, la percepción
interior, que ciertamente tiene en el vidente la fuerza de una presencia que,
para él, equivale a la manifestación externa sensible.
Ver interiormente no
significa que se trate de fantasía, como si fuera sólo una expresión de la
imaginación subjetiva. Más bien significa que el alma viene acariciada por algo
real, aunque suprasensible, y es capaz de ver lo no sensible, lo no visible por
los sentidos, una especie de visión con los “sentidos internos”. Se trata de
verdaderos “objetos”, que tocan el alma, aunque no pertenezcan a nuestro
habitual mundo sensible. Para esto se exige una vigilancia interior del corazón
que generalmente no se tiene a causa de la fuerte presión de las realidades
externas y de las imágenes y pensamientos que llenan el alma. La persona es
transportada más allá de la pura exterioridad y otras dimensiones más profundas
de la realidad la tocan, se le hacen visibles. Tal vez por eso se puede
comprender por qué los niños son los destinatarios preferidos de tales
apariciones: el alma está aún poco alterada y su capacidad interior de
percepción está aún poco deteriorada. “De la boca de los niños y de los
lactantes has recibido la alabanza”, responde Jesús con una frase del Salmo 8
(v.3) a la crítica de los Sumos Sacerdotes y de los ancianos, que encuentran
inoportuno el grito de “hosanna”de los niños (Mt 21, 16).
La “visión interior”no
es una fantasía, sino una propia y verdadera manera de verificar, como hemos
dicho. Pero conlleva también limitaciones. Ya en la visión exterior está
siempre involucrado el factor subjetivo; no vemos el objeto puro, sino que
llega a nosotros a través del filtro de nuestros sentidos, que deben llevar a
cabo un proceso de traducción. Esto es aún más evidente en la visión interior,
sobre todo cuando se trata de realidades que sobrepasan en sí mismas nuestro
horizonte. El sujeto, el vidente, está involucrado de un modo aún más íntimo.
Él ve con sus concretas posibilidades, con las modalidades de representación y
de conocimiento que le son accesibles. En la visión interior se trata, de
manera más amplia que en la exterior, de un proceso de traducción, de modo que
el sujeto es esencialmente copartícipe en la formación como imagen de lo que
aparece. La imagen puede llegar solamente según sus medidas y sus
posibilidades. Tales visiones nunca son simples “fotografías”del más allá, sino
que llevan en sí también las posibilidades y los límites del sujeto perceptor.
Esto se puede comprender en todas las grandes visiones de los santos;
naturalmente, vale también para las visiones de los niños de Fátima, etc. Las
imágenes que ellos describen no son en absoluto simples expresiones de su
fantasía, sino fruto de una real percepción de origen superior e interior, pero
no son imaginaciones como si por un momento se quitara el velo del más allá y
el cielo apareciese en su esencia pura, tal como nosotros esperamos verlo un
día en la definitiva unión con Dios. Más bien las imágenes son, por decirlo
así, una síntesis del impulso proveniente de lo Alto y de las posibilidades de
que dispone para ello el sujeto que percibe, esto es, los niños. Por este
motivo, el lenguaje imaginativo de estas visiones es un lenguaje simbólico. El
Cardenal Sodano dice al respecto: “... no se describen en sentido fotográfico
los detalles de los acontecimientos futuros, sino que sintetizan y condensan
sobre un mismo fondo, hechos que se extienden en el tiempo según una sucesión y
con una duración no precisadas”. Esta concentración de tiempos y espacios en
una única imagen es típica de tales visiones que, por lo demás, pueden ser
descifradas sólo a posteriori. A este respecto, no todo elemento visivo
debe tener un concreto sentido histórico. Lo que cuenta es la visión como
conjunto, y a partir del conjunto de imágenes deben ser comprendidos los
aspectos particulares. Lo que es central en una imagen se desvela en último
término a partir del centro de la “profecía”cristiana en absoluto: el centro está
allí donde la visión se convierte en llamada y guía hacia la voluntad de Dios.
Cardenal Ratzinger
Texto extraído del
Comentario al secreto de Fátima
Importante: Por decreto de la Santa
Congregación para la Doctrina de la Fe, aprobado por el Papa Paulo VI el 14 de
Octubre de 1966, ya no es necesario el Nihil Obstat ni el Imprimatur para
publicaciones que tratan de revelaciones privadas en tanto no contengan nada
contrario a la fe y la moral.
Decreto
del Papa Pablo VI sobre las Apariciones
El Canon 1399 prohibía
por derecho la publicación de ciertos libros tales como aquellos que tratan de
revelaciones, visiones, profecías y milagros. Este Canon ha sido derogado. Esto
significa que en lo que se refiere a estas publicaciones se levanta la
prohibición en cuanto a ser sujeto de ley eclesiástica. Esto significa que de
aquí en adelante se permite a los Católicos, sin necesidad de Imprimátur o de
Nihil Obstat o cualquier otro permiso, publicar sucesos de revelaciones,
visiones, profecías y milagros. Por supuesto estas publicaciones no deben poner
en peligro la FE y la MORAL; esta es la regla general que cada Católico debe
seguir en todas sus acciones, aun periodistas, especialmente periodistas. De
aquí que no hay ninguna prohibición relativa a Apariciones, sean ellas
reconocidas o no por la Autoridad Eclesiástica. Por la misma razón se permite a
los Católicos frecuentar lugares de Apariciones, aún aquellas no reconocidas
por los Ordinarios de la Diócesis o por el Santo Padre; supuesto que los
Católicos visitantes que frecuenten estos lugares deben respetar la FE y la
MORAL. Sin embargo ellos no son sujeto de ninguna disciplina eclesiástica, ni
aun en su Oración pública. Se requiere permiso tan solo para la celebración de
la Santa Misa o cualquier otro servicio religioso. - El Canon 2318 disponía
penas contra los que violasen las leyes de censura y prohibición. Este Canon ha
sido derogado a partir de 1966. En las " Actas oficiales de la Santa
Sede" ( A.A.S.) 58/16 del 29 de Diciembre de 1966, se publicó un decreto
de la "Santa Congregación para la Doctrina de la Fe". Por este
decreto los artículos 1399 y 2318 del Derecho Canónico se han abrogado. Este
decreto de abrogación ha sido aprobado el 14 de Octubre de 1966 por su Santidad
Pablo VI que ordenó al mismo tiempo su publicación. Aprobado por el Santo
Padre, se dio en la audiencia dada al Eminentísimo Cardenal Ottaviani,
Sub-Prefecto de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe. El Decreto
se dio en Roma el 15 de Noviembre de 1966; lleva las firmas: Del Cardenal
Ottaviani, Sub-Prefecto y de P. Parente, Secretario. Tres meses después de
publicarse, el decreto entró en vigor el 29 de Marzo de 1967. Su Santidad Juan
Pablo II no solo aprueba las decisiones de sus predecesores sino que anima a
los fieles a Visitar y Orar en estos lugares donde nuestra Madre la Virgen
María se ha aparecido y en los que por su mediación se obtienen tantas gracias
para las almas, salud para todas las enfermedades y sentirse amados por Dios
nuestro Padre que es el destino eterno de nuestras vidas.
¿Qué
significado tienen las “apariciones” en el proyecto de salvación de la fe
cristiana?
Por un lado las apariciones auténticas tienen como
significado teológico la presencia viva de Cristo en su Iglesia. En el caso de
María, también su particular presencia junto a Cristo como Virgen Asunta al
cielo.
Las “apariciones” de María pueden ser un medio para confirmar en la
fe de la Iglesia, para asegurar su presencia y protección materna,
particularmente en ciertos momentos de la historia...
A menudo algunas apariciones de María o la invención de una imagen
suya milagrosa tienen un significado eclesiológico en cuanto fundamentan con un
hecho sobrenatural la certeza de la presencia de María...
explicó un especialista en estudios marianos y
consultor de la Congregación vaticana para la Doctrina de la Fe, el padre Jesús
Castellano Cervera, ocd - ROMA, jueves, 20 mayo 2004 -
|
LOS LLAMADOS DIVINOS Y LA IGLESIA
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